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EconomiaMedio Ambiente

POR QUÉ NO DEBE TRAMITARSE NINGÚN ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL MINERO INDIVIDUAL EN EL SUROESTE SIN UNA EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA PREVIA

Documento de posición pública de las Comisiones
Ambientales de la Universidad Autónoma de Santo
Domingo y de la Academia de Ciencias de la República
Dominicana para comunidades, prensa, iglesias,
organizaciones sociales, movimiento ambiental y
tomadores de decisiones del Estado dominicano.

12 de abril, 2026.

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Idea central: en una región con estrés hídrico, cabeceras de cuenca, alta fragilidad ecológica, geología
sulfurada y una estrategia empresarial de expansión territorial, ningún proyecto minero puede evaluarse
seriamente de manera aislada. Primero debe existir una Evaluación Ambiental Estratégica. Sin ella,
cualquier Estudio de Impacto Ambiental individual nace incompleto, engañoso e insuficiente para
proteger el interés nacional.

Este documento sostieene una posición clara: en el Suroeste de la República Dominicana no debe
autorizarse, tramitarse ni validarse ningún Estudio de Impacto Ambiental individual para
minería metálica mientras no exista previamente una Evaluación Ambiental Estratégica que
estudie el conjunto del territorio, la suma de las concesiones, los impactos acumulativos y las
incompatibilidades entre minería, agua, agricultura, biodiversidad y vida comunitaria.
La razón es sencilla: el problema no es solamente Romero como proyecto aislado, el problema
es una región completa sometida a presión minera en un contexto de déficit hídrico, fragilidad
de cuencas, presencia de sulfuros con potencial de drenaje ácido, alta pendiente, vulnerabilidad
sísmica y función agrícola decisiva para la seguridad alimentaria. Los documentos de base
insisten en que Romero no puede entenderse como una obra puntual, sino como parte de una
lógica de distrito minero que, de avanzar por etapas, produciría un daño acumulativo mucho
mayor que el que mostraría cualquier expediente individual.
Por eso, reducir la discusión a un solo proyecto y a un solo estudio técnico constituye una forma
de achicar artificialmente el problema. Dicho de otra manera: cuando el territorio está
amenazado por una cadena de concesiones y por impactos que se suman entre sí, evaluar una
pieza aislada equivale a mirar una sola grieta mientras la casa completa se agrieta.
1. Qué es una Evaluación Ambiental Estratégica
La Evaluación Ambiental Estratégica, conocida como EAE, no es un estudio de detalle para una
obra específica, es una evaluación de nivel superior. Sirve para examinar una política, un plan,
un programa, una visión territorial o una orientación de desarrollo antes de que el Estado
comience a autorizar proyectos particulares.
Mientras un Estudio de Impacto Ambiental, conocido como EIA, pregunta qué pasará con un
proyecto concreto en un lugar concreto, la EAE pregunta algo anterior y más importante: si ese
tipo de proyectos debe permitirrse en ese territorio, bajo cuáles condiciones, con qué límites, en
qué zonas no debe permitirse y qué costos sociales, ecológicos e institucionales generaría una
estrategia de ocupación territorial de esa naturaleza.
La EAE, por tanto, no sustituye al EIA. Lo antecede, lo ordena y le pone un marco. Sin EAE, el EIA
queda ciego frente al contexto regional. Sin EAE, el Estado evalúa expedientes, pero no evalúa el
rumbo del territorio.

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Diferencia esencial entre EAE y EIA
Pregunta clave Evaluación Ambiental Estratégica

(EAE) Estudio de Impacto Ambiental (EIA)

Qué evalúa Políticas, planes, programas, zonas,

escenarios y modelo territorial. Una obra o proyecto específico.

Momento en que actúa Antes de abrir el camino a proyectos

concretos. Cuando el proyecto ya viene formulado.

Escala de análisis Regional, acumulativa, estratégica y de

largo plazo. Local, operativa y de detalle.

Pregunta principal ¿Debe permitirse esta orientación de
desarrollo en este territorio?

¿Cómo se mitigan los impactos de este
proyecto puntual?

Resultado esperado Lineamientos, exclusiones, zonificación,

límites y reglas previas.

Condiciones, medidas de manejo y
decisión sobre un expediente concreto.

2. Qué productos y resultados debe entregar una Evaluación Ambiental Estratégica
Una EAE seria no es un discurso general, debe producir resultados concretos, útiles y
verificables para la toma de decisiones públicas. Entre sus productos mínimos deberían estar los
siguientes:
• Diagnósco territorial integral: Un mapa claro del territorio: cuencas, sub-cuencas, acuíferos,
áreas de recarga, zonas agrícolas, áreas protegidas, corredores biológicos, comunidades,
infraestructura hídrica y vulnerabilidades existentes.
• Identificación de incompatibilidades: Una determinación explícita de qué actividades no son
comparables con ciertos territorios. En este caso, por ejemplo, minería metálica sulfurada en
cabeceras de cuenca o en áreas decisivas para seguridad hídrica y alimentaria.
• Análisis de impactos acumulativos y sinérgicos: No solo lo que haría una mina, sino lo que
producirían varias concesiones juntas, operando por etapas o encadenadas en el tiempo y en
el espacio.
• Evaluación de alternativas: Comparación seria entre caminos distintos de desarrollo:
agricultura, restauración ecológica, turismo de naturaleza, protección hídrica, infraestructura
rural y otras opciones frente al modelo extractivo.

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• Zonificación y exclusiones: Definición de dónde no debe permitirrse minería y bajo qué
criterios. Esto evita que cada proyecto intente abrirse camino por separado.
• Lineamientos obligatorios para futuros EIAs: Reglas previas para cualquier estudio posterior,
de modo que ningún EIA pueda ignorar el marco estratégico ya definido.
• Base para una decisión política legítima: La EAE traduce información técnica compleja en
criterios comprensibles para ministros, legisladores, autoridades locales, jueces, prensa y
ciudadanía.
3. Por qué en el Suroeste no basta un EIA minero individual
Los documentos de base muestran una región donde se cruzan varias condiciones críticas al
mismo tiempo: dependencia del sistema hídrico de la cuenca alta del río San Juan y de la Presa
de Sabaneta; estrés hídrico estructural; geología sulfurada con potencial de drenaje ácido de
mina; riesgo geotécnico y sísmico; y una estrategia de expansión minera a escala regional. Es
precisamente esa convergencia la que vuelve insuficiente cualquier enfoque proyecto por
proyecto.
Un EIA individual puede describir lo que ocurriría dentro del polígono inmediato de una obra y
en su entorno cercano. Pero no está diseñado para responder adecuadamente preguntas como
estas: qué ocurre si varias concesiones se activan en la misma formación geológica; qué pasa
con el conjunto de las cabeceras de cuenca; qué carga acumulada recibirían la Presa de
Sabaneta y el sistema del Yaque del Sur; cómo cambia la seguridad alimentaria si el territorio
agrícola pasa a competir por agua y suelo con un distrito minero; o qué sucede si un proyecto
abre el camino institucional, vial y político para otros que todavía no han presentado
expediente.
Cuando existe una lógica de distrito minero, el EIA individual recorta el problema hasta volverlo
administrable en el papel. Eso puede servir para tramitar permisos, pero no para proteger el
territorio.
Punto clave: un EIA individual puede medir una parte del daño. La EAE es la que permite ver el
patrón completo del riesgo. Donde el riesgo es regional y acumulativo, evaluar por partes
distorsiona la realidad.

4. Por qué un EIA sin EAE previa constituye un engaño al país
Es un engaño porque presenta como decisión técnica lo que en realidad es una decisión
estratégica no resuelta. Antes de estudiar detalles de una mina específica, el país debe decidir si
quiere o no quiere abrir una región como el Suroeste a un proceso de ocupación minera de gran
escala. Si esa pregunta mayor se oculta y se reemplaza por la discusión de un solo expediente, la
ciudadanía recibe una imagen incompleta del conflicto.

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Es un engaño también porque fragmenta impactos que, en la realidad, se acumulan. El agua no
distinngue entre expediente uno y expediente dos. Las cuencas no se comportan por concesión.
La pérdida de cobertura, la alteración de corredores biológicos, la presión sobre la
infraestructura hídrica y la amenaza química derivada de sulfuros reactivos se suman
territorialmente. Si el análisis oficial no suma, el país es inducido a error.
Y es, además, un engaño institucional, porque obliga al Estado a decidir a ciegas sobre
componentes que solo la EAE puede aclarar: zonas de exclusión, umbrales de riesgo, conflictos
de uso del suelo, compatibilidad territorial y costo acumulado del modelo extractivo. Un EIA sin
ese marco termina discutiendo medidas de manejo sin haber demostrado antes que el territorio
admite esa actividad.
5. Por qué nuestras comisiones justifican la oposición firme de las comunidades y del movimiento
ambiental
Cuando el procedimiento nace incompleto, la oposición social no es un exceso, es una reacción
legítima de defensa territorial. Si el Estado pretende conocer el destino de una región por medio
de un expediente parcial, las comunidades tienen razones sobradas para desconfiar, resistirr y
exigir una discusión de fondo.
La oposición al proyecto Romero y a cualquier EIA minero presentado sin EAE previa no debe
describirse como capricho, miedo irracional ni rechazo a la técnica. Todo lo contrario. Es una
posición fundada en la necesidad de que primero se evalúe el territorio completo, sus límites
ecológicos, su sistema hídrico, su vocación agrícola y sus riesgos acumulativos. Quien exige EAE
está pidiendo más ciencia, no menos; más Estado, no menos; más responsabilidad pública, no
menos.
Esa oposición se vuelve todavía más legítima cuando los documentos de base describen un
territorio donde el agua sostiene acueductos, riego y economía campesina; donde la agricultura
tiene peso estratégico; y donde la expansión minera se concibe como distrito y no como enclave
aislado. En esas condiciones, la defensa radical del territorio es una defensa racional del interés
nacional.
6. Qué debe hacer el Estado antes de admitir cualquier expediente minero individual
• Ordenar y realizar una Evaluación Ambiental Estratégica para toda la franja minera y su área
de influencia hídrica, ecológica y social.
• Definir con base técnica y pública las zonas incomparables con minería metálica,
especialmente cabeceras de cuenca, áreas de recarga, territorios agrícolas críticos y
corredores biológicos.
• Evaluar impactos acumulativos, no solo impactos de proyecto.

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• Comparar de manera abierta el modelo minero con alternativas de desarrollo territorial más
seguras y duraderas.
• Fijar lineamientos obligatorios para cualquier estudio posterior, de modo que ningún EIA
pueda presentarse fuera de ese marco.
• Abrir un proceso real de información pública comprensible, no solo trámites técnicos cerrados
para especialistas.
7. EN RESUMEN
• Sin Evaluación Ambiental Estratégica no hay decisión seria, solo fragmentos de información.
• No se puede decidir el destino del Suroeste mirando un expediente aislado.
• La EAE responde si el territorio admite minería; el EIA solo discute cómo operaría un proyecto
puntual.
• Cuando el riesgo es regional, evaluar por partes es esconder el problema.
• Un Estudio de Impacto Ambiental sin Evaluación Ambiental Estratégica previa no aclara el
conflicto: lo reduce artficialmente y engaña al país.
• Defender el agua, la agricultura y las cuencas del Suroeste no es extremismo; es
responsabilidad nacional.
Conclusión
La cuestión de fondo no es si un expediente individual parece bien redactado. La cuestión de
fondo es si el Estado dominicano tiene derecho a decidir por partes lo que solo puede decidirse
mirando el conjunto. En el Suroeste, donde el agua, la agricultura, la biodiversidad y la vida
comunitaria forman un sistema inseparable, la respuesta debe ser no.
Primero la Evaluación Ambiental Estratégica. Después, y solo después, podría discutirse si tiene
sentido abrir o no la puerta a estudios de proyectos específicos. Hacerlo al revés equivale a
construir la coartada técnica antes de resolver la pregunta territorial verdadera.
Por eso, la posición más clara, más honesta y más responsable es esta: ningún Estudio de
Impacto Ambiental minero individual debe avanzar en el Suroeste sin una Evaluación Ambiental
Estratégica previa, pública, rigurosa y vinculante. Todo lo demás debilita la capacidad del país
para proteger su patrimonio natural, su seguridad hídrica, su soberanía alimentaria y su paz
social.
Por todo lo anterior, la CAUASD y la Comisión de Ciencias Naturales y Medio Ambiente de la
Academia de Ciencias asumen como propias las preocupaciones y objeciones presentadas por
las entidades sociales, comunitarias y ambientales que impugnan el Estudio de Impacto

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Ambiental en el frente Romero y solicitamos formalmente al Estado dominicano proceder a la
Evaluación Ambiental Estratégica como requisito previo a cualquier decisión sobre el tema.

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