
MODIFICACIÓN CONSTITUCIONAL DESPUÉS DEL 2024
POR: JOHNNY TEJEDA.
Recientemente, específicamente el domingo 18/02/2024, fueron celebradas, las elecciones Municipales, en todo el territorio de la República Dominicana.
En tal proceso eleccionario, participaron las diferentes fuerzas políticas partidarias de nuestro país. En especial, los denominados partidos mayoritarios, léase, PRM, PLD y, FP, así como los denominados minoritarios, los cuales generalmente, van aliados a los primeros.
En el orden de los resultados, fueron altamente beneficiosos para el partido de gobierno, que lo es el PRM, obteniendo l21 alcaldías, de los 158 Municipios del país, el PLD, obtuvo 16, en tanto que la FP, solo 6, frente a 7 del PRSC. Las ocho restantes, se distribuyeron en los partidos pequeños, que terciaron en dicho torneo electoral.
Lo expresado anteriormente, nos hace formar una idea, de lo que podría resultar, de las venideras elecciones Congresuales y, Presidenciales, que serán celebradas en el próximo mes de mayo/24.
En ese orden, todo parece indicar, que el PRM, podría resultar ganancioso, de dicho torneo electoral, frente a sus más cercanos competidores, que lo son: PLD y, FP, los cuales, se encuentran cada vez más divididos, pese a que se continúa hablando de las alianzas entre ellos; pero lo que el país electoral percibe, es división entre ambos, dados los resultados precedentemente indicados.
No obstante y, dejando a un lado, lo relativo al tema de las elecciones tanto Municipales, Congresionales y Presidenciales, lo que quisiéramos preguntarnos, luego de transcurridos tales procesos, es si ciertamente, se acogería el actual Presidente de la República Dominicana, Luis Abinader, al contenido de la Constitución vigente, en el sentido de que concluidos sus dos (02) periodos de gobierno, no puede volverse a presentar por un nuevo mandato presidencial, tal y, como se le presenta en la actualidad, al Lic. Danilo Medina?
La respuesta, tendremos que buscarla en los meses siguientes al nuevo periodos de gobierno, que se conformará, desde el 16/08/24, hasta el 16/08/28, espacio de tiempo, en el que el actual presidente Luis Abinader, es casi seguro, a nuestro entender, por lo que ha sido el histórico de los presidentes en nuestro país, post Trujillo, a la fecha, de quererse reelegir, más allá de los límites permitidos por la Constitución nuestra, en cuyos casos se pueden colocar, a título de ejemplos: Desde el Dr. Balaguer, pasando por Hipólito Mejía, quien en el año 2002, ordenó, de la forma en que todos sabemos se hacen los cambios constitucionales en Rep. Dom., modificar la Carta Magna, con fines puramente electorales. Por igual, lo hizo a posteriori, Leonel Fernández, con el único y exclusivo objetivo, de quitar de la Ley de Leyes, el Nunca Jamás en el año 2010; en tanto Danilo Medina, hizo lo mismo, en el 2015, con el objetivo de repostularse a un nuevo periodo presidencial.
De manera que, resulta un tanto difícil de creer, que el actual Presidente Luis Abinader, no se verá tentado, a enviar al Congreso Nacional, un proyecto de ley, en la misma dirección, en que lo hicieron los anteriores mandatarios. Cabe preguntarnos, si le convendría hacerlo, ¿en la medida en que revive políticamente a Danilo Medina y, al PLD? Esa respuesta, la analizaremos, en una próxima entrega sobre este tema.



