
Del salario mínimo estatal y los límites de las pensiones
Esteban Delgado
@estebandelgadoq
La Ley 379-81 sobre Jubilaciones y Pensiones del Estado establece que el máximo de una
pensión para empleados públicos debe ser de ocho salarios mínimos estatales. Dado que el
sueldo mínimo en el Estado es de RD$10,000, entonces la pensión máxima sería de
RD$80,000.
Esta limitación afecta a aquellos trabajadores del Estado que califican para una pensión por
medio de esa legislación y que devengan un salario superior a ese monto. No se puede perder
de vista que la pensión en el Estado puede ser del 60%, 80% y hasta el 100% del salario del
empleado público beneficiado, dependiendo de los años de servicio.
Sin embargo, imagine que un empleado del Estado tiene un salario de RD$180,000 mensuales
y que al momento de su pensión le corresponde, legalmente, el 80% de su salario. En este
caso serían RD$144,000. Pero resulta que la propia ley indica que no puede ser superior a diez
salarios mínimos, con lo que se quedaría con apenas RD$80,000, es decir, menos de la mitad
de su sueldo.
Esa es una distorsión que ha sido corregida de manera indiscriminada en diversas
instituciones, también en forma distorsionada, pues los derechos deberían ser iguales para
todos. Resulta que en el Estado hay diversas instituciones que gozan de planes de pensión
particulares, mientras otros sectores profesionales, también del Estado, tienen tratamiento
diferenciado en cuanto a la forma de recibir sus pensiones.
La Junta Central Electoral, el Poder Judicial, el Congreso Nacional, el Banco Central, el Banco
de Reservas, el propio Ministerio de Relaciones Exteriores, a pesar de ser centralizado, la
Universidad Autónoma de Santo Domingo, la Policía Nacional y los cuerpos castrenses
(militares), los maestros y la clase médica, entre otros, tienen planes de pensiones parciales o
totales donde no se aplica la limitación de los diez salarios mínimos como tope máximo de la
pensión.
Otros empleados, de instituciones centralizadas y algunas descentralizadas del Estado, deben
acogerse a la limitación de los llamados 10 salarios mínimos.
Pero, además, de esas diferenciaciones en las instituciones mencionadas, también el
Presidente de la República tiene la facultad legal de otorgar “pensiones especiales” a cargo del
Estado, tanto para servidores públicos como para particulares que nunca han trabajado en el
Estado, con montos que pueden superar los 10 salarios mínimos que impone la ley.
Entonces, ¿por qué se mantiene vigente esa limitación legal que afecta a una parte de los
servidores públicos en edad de pensión mientras persisten las excepciones para otros también
trabajadores del Estado?
En forma adicional, hay otro aspecto vinculado que también amerita corrección. Resulta que el
salario mínimo en el Estado, que es de RD$10,000 mensuales, está, incluso, muy por debajo
del salario mínimo menor en el sector privado, que es el se aplica a las micro y pequeñas
empresasRD$14,161 mensuales.
Se estima que alrededor de un tercio de los empleados del sector público devenga salario
mínimo, lo cual se torna más que insuficiente para cubrir tan solo una parte de la canasta
básica del quintil más pobre del país.
El problema está en que el ajuste del salario mínimo estatal implicaría la erogación adicional de
una cantidad importante de recursos. Por ejemplo, suponga que hay alrededor de 231,000
empleados públicos con sueldo mínimo y que el Gobierno decida aumentarles un 20%, es
decir, RD$2,000 a cada uno. Eso implicaría la erogación de al menos RD$460 millones
mensuales adicionales, a los cuales hay que agregar el salario 13, con lo que implicaría una
emisión de más de RD$6,000 millones cada año.
A eso hay que agregar partidas adicionales para la nivelación de los sueldos, ya que si se lleva
el sueldo mínimo a RD$12,000, habría que ajustar el salario de todos los trabajadores que
están entre RD$10,000 y RD$12,000, con base en el escalafón vigente, para lo que se
requerirían montos adicionales.
En todo caso, independientemente de que se requiere la identificación previa de los recursos
necesarios, no se puede negar la necesidad de que el Poder Ejecutivo decida ajustar el salario
mínimo estatal, más si se toma en cuenta que no debería estar tan lejano al mínimo más bajo
del sector privado, que actualmente es más de un 40% mayor.



