{"id":208902,"date":"2026-01-02T15:16:14","date_gmt":"2026-01-02T19:16:14","guid":{"rendered":"https:\/\/primicias.net\/web\/?p=208902"},"modified":"2026-01-02T15:16:14","modified_gmt":"2026-01-02T19:16:14","slug":"las-pensiones-se-heredan-si-o-no-eso-depende-2","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/primicias.net\/web\/las-pensiones-se-heredan-si-o-no-eso-depende-2\/","title":{"rendered":"\u00bfLas pensiones se heredan, si o no? Eso depende"},"content":{"rendered":"<p>Esteban Delgado<br \/>\n@estebandelgadoq<\/p>\n<p>El sistema dominicano de pensiones es algo complicado y confuso, debido a que no es<br \/>\nuniforme. De un lado est\u00e1 el sistema de pensiones para trabajadores del Estado, pero a ese se<br \/>\nsuman otros \u201csistemas de pensiones independientes\u201d o separados que tienen determinadas<br \/>\ninstituciones y sectores del Estado.<br \/>\nEntonces, tambi\u00e9n est\u00e1 el sistema de pensiones, que podr\u00edamos llamar m\u00e1s com\u00fan, que es el<br \/>\nde capitalizaci\u00f3n individual de la Ley 87-01, que aplica a los trabajadores formales de los<br \/>\nsectores p\u00fablico y privado que cotizan a la seguridad social.<br \/>\nEntonces, la pregunta es si las pensiones se heredan. Vamos primero con las pensiones del<br \/>\nEstado, que est\u00e1n amparadas en la Ley 379-81. Seg\u00fan indica el Art\u00edculo 6 de esta ley, si el<br \/>\npensionado muere, entonces su c\u00f3nyuge y sus hijos tienen derecho a recibir el equivalente de<br \/>\ndoce meses de pensi\u00f3n, es decir, un a\u00f1o.<br \/>\nSin embargo, un p\u00e1rrafo de ese art\u00edculo indica que el pensionado tiene el derecho de autorizar<br \/>\nun descuento de 2% de su pensi\u00f3n mensual, con lo cual se establece el derecho de que sus<br \/>\ndependientes \u201chereden\u201d la pensi\u00f3n al momento de su muerte. En ese caso, se distribuye en un<br \/>\n40% para el c\u00f3nyuge, 30% para los hijos y 30% para sus padres, si estuvieran vivos.<br \/>\nPara este caso, lo ideal es que, si usted recibe una pensi\u00f3n del Estado, inmediatamente<br \/>\nautorice el descuento del 2% para hacer que su pensi\u00f3n sea hereditaria, pues, de lo contrario,<br \/>\nsus dependientes solo recibir\u00edan un a\u00f1o de pensi\u00f3n.<br \/>\nEn los casos de sistemas de pensiones separados en sectores del Estado como la universidad<br \/>\nestatal, los maestros, el Poder Judicial, la Junta Central Electoral, el Poder Legislativo y otros,<br \/>\nes posible que la forma de \u201cherencia\u201d de la pensi\u00f3n sea similar a lo que se establece en el Ley<br \/>\n379-81, aunque tambi\u00e9n puede que tengan procedimientos distintos, de acuerdo con sus<br \/>\nnormativas internas.<br \/>\nPero en el caso del fondo de capitalizaci\u00f3n individual para el plan de pensiones vigente en la<br \/>\nLey 87-01, el tema es distinto. Si el trabajador llega a las cotizaciones suficientes y la edad<br \/>\nm\u00ednima establecida para retirarse, la administradora de fondos de pensiones (AFP) le concede<br \/>\nla pensi\u00f3n en una de dos modalidades: puede que se le entregue una pensi\u00f3n por un monto<br \/>\nespec\u00edfico, con base en el fondo que tenga acumulado, y se le pagar\u00eda hasta agotar la cantidad<br \/>\nacumulada. En ese caso, si el pensionado muere antes de que se agote el fondo, sus familiares<br \/>\nm\u00e1s cercanos (principalmente hijos y c\u00f3nyuge) reciben la devoluci\u00f3n de los recursos que<br \/>\nqueden en el fondo. No hay herencia de pensi\u00f3n, pero s\u00ed devoluci\u00f3n de dinero restante.<br \/>\nLa otra opci\u00f3n que tiene el trabajador retirado es acogerse a una pensi\u00f3n vitalicia, es decir, no<br \/>\nhasta que se acabe el fondo acumulado, sino hasta su muerte. Para eso se establece un<br \/>\ncontrato con una aseguradora, donde el trabajador cede los derechos de su fondo acumulado y<br \/>\nrecibe la pensi\u00f3n mientras viva.<br \/>\nSi el trabajador muere, su familia no recibe ni un centavo, pues cuando el contrato es para<br \/>\npensi\u00f3n vitalicia, el fondo acumulado pasa al control de la aseguradora.<br \/>\nSe puede decir que eso es injusto, pues lo ideal es que los dependientes reciban el dinero<br \/>\nacumulado en el fondo, pero dado que ser\u00eda una garant\u00eda de pensi\u00f3n de por vida, la<br \/>\naseguradora debe quedarse con fondo.<br \/>\nEsto as\u00ed, porque se puede dar el caso de que un trabajador se retire a los 65 a\u00f1os (por poner<br \/>\nun ejemplo) y que dure vivo hasta los 95 a\u00f1os. En ese caso, la aseguradora tendr\u00eda que darle<\/p>\n<p>una pensi\u00f3n durante 30 a\u00f1os, aunque el fondo que puso a disposici\u00f3n sea insuficiente y se<br \/>\nhaya agotado.<br \/>\nPero como los seguros se basan en medici\u00f3n de riesgos, la aseguradora tendr\u00eda ventaja en<br \/>\ncaso de que ese mismo trabajador, que se retir\u00f3 a los 65 a\u00f1os, fallezca a los 68 (por ejemplo).<br \/>\nEn ese caso, la pensi\u00f3n otorgada fue solo durante tres a\u00f1os y la aseguradora se queda con el<br \/>\nfondo que hasta esa fecha todav\u00eda est\u00e9 en un monto favorable.<br \/>\nEntonces, por eso, al hablar de si las pensiones se heredan o no, la respuesta es variada, pues<br \/>\npara el Estado es de forma parcial y para la seguridad social hay tambi\u00e9n ciertas<br \/>\ncondicionalidades y desventajas.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Esteban Delgado @estebandelgadoq El sistema dominicano de pensiones es algo complicado y confuso, debido a que no es uniforme. 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