{"id":207928,"date":"2025-12-18T06:47:56","date_gmt":"2025-12-18T10:47:56","guid":{"rendered":"https:\/\/primicias.net\/web\/?p=207928"},"modified":"2025-12-18T06:47:56","modified_gmt":"2025-12-18T10:47:56","slug":"las-pensiones-se-heredan-si-o-no-eso-depende","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/primicias.net\/web\/las-pensiones-se-heredan-si-o-no-eso-depende\/","title":{"rendered":"\u00bfLas pensiones se heredan, s\u00ed o no? Eso depende"},"content":{"rendered":"<p><span style=\"font-weight: 400;\">El sistema dominicano de pensiones es algo complicado y confuso, debido a que no es uniforme. De un lado est\u00e1 el sistema de pensiones para trabajadores del Estado, pero a ese se suman otros \u201csistemas de pensiones independientes\u201d o separados que tienen determinadas instituciones y sectores del Estado.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">Entonces, tambi\u00e9n est\u00e1 el sistema de pensiones, que podr\u00edamos llamar m\u00e1s com\u00fan, que es el de capitalizaci\u00f3n individual de la Ley 87-01, que aplica a los trabajadores formales de los sectores p\u00fablico y privado que cotizan a la seguridad social.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">Entonces, la pregunta es si las pensiones se heredan. Vamos primero con las pensiones del Estado, que est\u00e1n amparadas en la Ley 379-81. Seg\u00fan indica el Art\u00edculo 6 de esta ley, si el pensionado muere, entonces su c\u00f3nyuge y sus hijos tienen derecho a recibir el equivalente de doce meses de pensi\u00f3n, es decir, un a\u00f1o.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">Sin embargo, un p\u00e1rrafo de ese art\u00edculo indica que el pensionado tiene el derecho de autorizar un descuento de 2% de su pensi\u00f3n mensual, con lo cual se establece el derecho de que sus dependientes \u201chereden\u201d la pensi\u00f3n al momento de su muerte. En ese caso, se distribuye en un 40% para el c\u00f3nyuge, 30% para los hijos y 30% para sus padres, si estuvieran vivos.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">Para este caso, lo ideal es que, si usted recibe una pensi\u00f3n del Estado, inmediatamente autorice el descuento del 2% para hacer que su pensi\u00f3n sea hereditaria, pues, de lo contrario, sus dependientes solo recibir\u00edan un a\u00f1o de pensi\u00f3n.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">En los casos de sistemas de pensiones separados en sectores del Estado como la universidad estatal, los maestros, el Poder Judicial, la Junta Central Electoral, el Poder Legislativo y otros, es posible que la forma de \u201cherencia\u201d de la pensi\u00f3n sea similar a lo que se establece en el Ley 379-81, aunque tambi\u00e9n puede que tengan procedimientos distintos, de acuerdo con sus normativas internas.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">Pero en el caso del fondo de capitalizaci\u00f3n individual para el plan de pensiones vigente en la Ley 87-01, el tema es distinto. Si el trabajador llega a las cotizaciones suficientes y la edad m\u00ednima establecida para retirarse, la administradora de fondos de pensiones (AFP) le concede la pensi\u00f3n en una de dos modalidades: puede que se le entregue una pensi\u00f3n por un monto espec\u00edfico, con base en el fondo que tenga acumulado, y se le pagar\u00eda hasta agotar la cantidad acumulada. En ese caso, si el pensionado muere antes de que se agote el fondo, sus familiares m\u00e1s cercanos (principalmente hijos y c\u00f3nyuge) reciben la devoluci\u00f3n de los recursos que queden en el fondo. No hay herencia de pensi\u00f3n, pero s\u00ed devoluci\u00f3n de dinero restante.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">La otra opci\u00f3n que tiene el trabajador retirado es acogerse a una pensi\u00f3n vitalicia, es decir, no hasta que se acabe el fondo acumulado, sino hasta su muerte. Para eso se establece un contrato con una aseguradora, donde el trabajador cede los derechos de su fondo acumulado y recibe la pensi\u00f3n mientras viva.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">Si el trabajador muere, su familia no recibe ni un centavo, pues cuando el contrato es para pensi\u00f3n vitalicia, el fondo acumulado pasa al control de la aseguradora.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">Se puede decir que eso es injusto, pues lo ideal es que los dependientes reciban el dinero acumulado en el fondo, pero dado que ser\u00eda una garant\u00eda de pensi\u00f3n de por vida, la aseguradora debe quedarse con fondo.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">Esto as\u00ed, porque se puede dar el caso de que un trabajador se retire a los 65 a\u00f1os (por poner un ejemplo) y que dure vivo hasta los 95 a\u00f1os. En ese caso, la aseguradora tendr\u00eda que darle una pensi\u00f3n durante 30 a\u00f1os, aunque el fondo que puso a disposici\u00f3n sea insuficiente y se haya agotado.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">Pero como los seguros se basan en medici\u00f3n de riesgos, la aseguradora tendr\u00eda ventaja en caso de que ese mismo trabajador, que se retir\u00f3 a los 65 a\u00f1os, fallezca a los 68 (por ejemplo). En ese caso, la pensi\u00f3n otorgada fue solo durante tres a\u00f1os y la aseguradora se queda con el fondo que hasta esa fecha todav\u00eda est\u00e9 en un monto favorable.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">Entonces, por eso, al hablar de si las pensiones se heredan o no, la respuesta es variada, pues para el Estado es de forma parcial y para la seguridad social hay tambi\u00e9n ciertas condicionalidades y desventajas.<\/span><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">Esteban Delgado<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">@estebandelgadoq<\/span><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El sistema dominicano de pensiones es algo complicado y confuso, debido a que no es uniforme. De un lado est\u00e1 el sistema de pensiones para trabajadores del Estado, pero a ese se suman otros \u201csistemas de pensiones independientes\u201d o separados que tienen determinadas instituciones y sectores del Estado. 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