{"id":184809,"date":"2025-03-21T10:44:10","date_gmt":"2025-03-21T14:44:10","guid":{"rendered":"https:\/\/primicias.net\/web\/?p=184809"},"modified":"2025-03-21T10:44:10","modified_gmt":"2025-03-21T14:44:10","slug":"la-pension-por-sobrevivencia-y-limitaciones-para-obtenerla","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/primicias.net\/web\/la-pension-por-sobrevivencia-y-limitaciones-para-obtenerla\/","title":{"rendered":"La pensi\u00f3n por sobrevivencia y limitaciones para obtenerla"},"content":{"rendered":"<p><span style=\"font-weight: 400;\">El sistema dominicano de seguridad social establece un r\u00e9gimen de pensiones por medio del ahorro individual, el cual beneficia, incluso, a los familiares directos del trabajador, cuando \u00e9ste fallece. Es lo que se conoce como la pensi\u00f3n por sobrevivencia.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">Si un trabajador cotizante al sistema de pensiones mediante la Leu 87-01 muere, entonces, su c\u00f3nyuge o compa\u00f1ero de vida registrado, as\u00ed como sus hijos menores de edad, tienen derecho a una pensi\u00f3n por sobrevivencia que ser\u00e1 equivalente al 60% del salario promedio del trabajador.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">La pensi\u00f3n se distribuye de la siguiente manera: 50% para el c\u00f3nyuge o compa\u00f1ero de vida y el restante 50% para los hijos menores de 18 a\u00f1os o hasta 21 a\u00f1os si son estudiantes y no se han casado; tambi\u00e9n para los hijos en gestaci\u00f3n. En caso de un hijo discapacitado, su proporci\u00f3n de pensi\u00f3n ser\u00eda permanente, es decir, sin l\u00edmite de edad.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">Ahora bien, de acuerdo con la Superintendencia de Pensiones (Sipen), hasta el cierre de 2024 se hab\u00edan otorgado 15,877 pensiones por sobrevivencia que benefician a un total de 34,578 dependientes. Pero, en los registros de la Sipen hay alrededor de 117,000 trabajadores fallecidos, cuyos familiares no han reclamado pensi\u00f3n de sobrevivencia o devoluci\u00f3n de sus fondos por herencia en los casos que aplica.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">Las razones pueden ser diversas, pero hay una que se destaca, aunque no es la que m\u00e1s se menciona. Se trata de la combinaci\u00f3n entre la baja proporcionalidad de la pensi\u00f3n y la cantidad de dependientes entre los que se va a distribuir. Los datos de la Sipen dicen que el promedio de las pensiones por sobrevivencia otorgadas hasta ahora es de RD$13,219.20 mensuales. Muy baja.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">Supongamos que un trabajador, var\u00f3n, est\u00e1 casado, tiene un hijo con su esposa y otros dos con dos mujeres de relaciones anteriores. Al momento de su muerte devengaba un salario de RD$30,000 mensuales, por lo que la pensi\u00f3n por sobrevivencia ser\u00eda de RD$18,000 mensuales. M\u00e1s del promedio. Entonces, de esa cantidad, le corresponde a la c\u00f3nyuge RD$9,000 (50%), mientras que a su hijo le toca RD$3,000 (la tercera parte del 50% restante), y a cada hijo aparte tambi\u00e9n otros RD$3,000.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">Para solicitar la pensi\u00f3n, el o la c\u00f3nyuge debe depositar sus documentos correspondientes, adem\u00e1s del acta de nacimiento de su hijo y las actas de los dos que est\u00e1n fuera de matrimonio, con la previa aprobaci\u00f3n de sus madres. Suponga usted que la pareja actual tiene diferencias con las madres de los hijos fuera de matrimonio, ya sea por celos, conflictos anteriores o lo que sea. Entonces, es posible que se dificulte la tramitaci\u00f3n.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">Adem\u00e1s, aunque no haya diferencias, es posible que una de las madres, al ver que la pensi\u00f3n ser\u00e1 de apenas RD$3,000 mensuales, puede que lo considere poco y no se interese por hacer el tr\u00e1mite correspondiente. Y f\u00edjese que en este caso estamos usando un ejemplo de ingreso m\u00e1s alto que el promedio de las pensiones en ese rengl\u00f3n.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">A eso se agregan otras situaciones, como los casos en que el hombre convive con una mujer, de manera regular, porque se separ\u00f3 de su esposa leg\u00edtima hace varios a\u00f1os, pero resulta que nunca tramit\u00f3 el divorcio de manera documental. En ese caso, hay que localizar a esa \u201cesposa\u201d que no es la pareja del trabajador, pero que es quien debe hacer los tr\u00e1mites, mientras que a la pareja, que es quien viv\u00eda en realidad con ese empleado, no le corresponde proporci\u00f3n de la pensi\u00f3n. Si la \u201cesposa\u201d, que ya no vive con el trabajador fallecido, no muestra inter\u00e9s en hacer las gestiones correspondientes, es posible que la solicitud para la pensi\u00f3n se quede en espera.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">En todo caso, la normativa vigente establece que los dependientes del trabajador tienen hasta siete a\u00f1os, a partir de su muerte, para tramitar la pensi\u00f3n por sobrevivencia. Transcurrido ese tiempo si haberla solicitado, entonces tendr\u00edan el derecho de solicitar la devoluci\u00f3n de los fondos acumulados, con base en los derechos de herederos, lo cual tambi\u00e9n implica unos tr\u00e1mites y requisitos de relativa complejidad para los interesados.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">Para evitar esas situaciones, lo ideal es que cada trabajador o trabajadora tenga su estatus definido, hijos y pareja debidamente identificados, pues, aunque nadie desea morir antes de lo biol\u00f3gicamente razonable, las muertes ocurren y es mejor estar organizados.<\/span><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El sistema dominicano de seguridad social establece un r\u00e9gimen de pensiones por medio del ahorro individual, el cual beneficia, incluso, a los familiares directos del trabajador, cuando \u00e9ste fallece. Es lo que se conoce como la pensi\u00f3n por sobrevivencia. Si un trabajador cotizante al sistema de pensiones mediante la Leu 87-01 muere, entonces, su c\u00f3nyuge &hellip;<\/p>\n","protected":false},"author":15,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_jetpack_newsletter_access":"","_jetpack_dont_email_post_to_subs":false,"_jetpack_newsletter_tier_id":0,"_jetpack_memberships_contains_paywalled_content":false,"_jetpack_feature_clip_id":0,"_jetpack_memberships_contains_paid_content":false,"footnotes":"","jetpack_publicize_message":"","jetpack_publicize_feature_enabled":true,"jetpack_social_post_already_shared":false,"jetpack_social_options":{"image_generator_settings":{"template":"highway","default_image_id":0,"font":"","enabled":false},"version":2},"jetpack_post_was_ever_published":false},"categories":[49],"tags":[],"class_list":["post-184809","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-opinion"],"jetpack_publicize_connections":[],"jetpack_featured_media_url":"","jetpack_sharing_enabled":true,"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/primicias.net\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/184809","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/primicias.net\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/primicias.net\/web\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/primicias.net\/web\/wp-json\/wp\/v2\/users\/15"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/primicias.net\/web\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=184809"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/primicias.net\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/184809\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/primicias.net\/web\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=184809"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/primicias.net\/web\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=184809"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/primicias.net\/web\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=184809"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}