{"id":168501,"date":"2024-07-14T13:12:09","date_gmt":"2024-07-14T17:12:09","guid":{"rendered":"https:\/\/primicias.net\/web\/?p=168501"},"modified":"2024-07-14T13:12:09","modified_gmt":"2024-07-14T17:12:09","slug":"proteccion-a-persona-trabajadora-con-responsabilidad-familiar-albricia-para-los-hombres","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/primicias.net\/web\/proteccion-a-persona-trabajadora-con-responsabilidad-familiar-albricia-para-los-hombres\/","title":{"rendered":"Protecci\u00f3n a persona trabajadora con responsabilidad familiar: \u00a1albricia para los hombres!"},"content":{"rendered":"<p style=\"font-weight: 400;\">Por Emilia Santos Frias<\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\">M\u00e1s conf\u00edo en el trabajo que en la suerte, reza un proverbio latino. Este derecho fundamental y la familia, son esferas que en apariencia parecen gobernadas por l\u00f3gicas distintas: p\u00fablica, privada. Sin embargo, cada una de ellas afecta fuertemente a la otra. En ese sentido, las personas deben trabajar y generar ingresos para atender necesidades econ\u00f3micas, personales\u2026, al mismo tiempo, dedicar tiempo a cuidados, afectos y tareas no remuneradas del hogar, afirma la\u00a0Organizaci\u00f3n Internacional del Trabajo (OIT).<\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\">Es por ello que cre\u00f3 el Convenio,\u00a0156 y la Recomendaci\u00f3n 165, para proteger a personas trabajadoras con responsabilidades familiares. Siendo estos, instrumentos jur\u00eddicos en los 187 Estados, que actualmente\u00a0 integran o son parte de la OIT.\u00a0\u201cLa responsabilidad familiar no debe constituir de por s\u00ed una causa para despido\u201d.<\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\">En relaci\u00f3n con eso, si los pa\u00edses, comunidades o empresas, apoyan a trabajadores-as con\u00a0responsabilidades familiares, estos podr\u00e1n acceder\u00a0 a trabajo decente y salir de la pobreza, afirma el \u00f3rgano de Naciones Unidas, \u00a0especializado en trabajo y las relaciones laborales, quien \u00a0adem\u00e1s, favorece que gobiernos y actores sociales adopten pol\u00edticas de conciliaci\u00f3n en ese sentido.<\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\">Trabajo y familia, de eso trata el Convenio 156 OIT, que tambi\u00e9n exhorta a los Estados, incluir en su estrategia nacional de desarrollo, que las personas con responsabilidades familiares laboren protegidas de cualquier tipo de discriminaci\u00f3n y conflicto entre compromisos familiares y profesionales.<\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\">Igualmente, que, a las personas con responsabilidades familiares, se les ofrezca acceso a formaci\u00f3n, y reintegraci\u00f3n a la fuerza de trabajo, despu\u00e9s de una ausencia por las obligaciones con sus parientes directos.<\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\">Este Convenio 156 de la OIT, acerca de la igualdad de trato a los trabajadores remunerados con responsabilidades familiares, fue aprobado por nuestra naci\u00f3n en 2021, tras una larga lucha de m\u00e1s de una d\u00e9cada, promovida por sindicalistas, con hincapi\u00e9 en las mujeres del movimiento sindical nacional. La gesta representa un importante paso de avance para las trabajadoras y los trabajadores de la Rep\u00fablica Dominicana. As\u00ed como, de la regi\u00f3n, porque procura \u00a0eliminar\u00a0discriminaci\u00f3n y desigualdad. En ese sentido, se ha solicitado la promulgaci\u00f3n de \u00a0la\u00a0 ley y su ratificaci\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\">Gestiona garant\u00eda de \u00a0igualdad de oportunidades y \u00a0buen trato entre trabajadores y trabajadoras con responsabilidades familiares: hijos e hijas a su cargo o respecto a otros miembros de su familia directa, que de manera evidente necesiten su cuidado o sost\u00e9n.<\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\">En ese aspecto, en el Objetivo 8 de Desarrollo del Milenio, la OIT propuso que en todos los Estados se promueva crecimiento econ\u00f3mico sostenido o continuo, inclusivo y sostenible; empleo pleno, productivo y\u00a0 trabajo decente para todos.<\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\">Este citado convenio junto a la Recomendaci\u00f3n 165 de OIT, fortalece la gesti\u00f3n de servicios de salud, educativos y creaci\u00f3n de estancias infantiles destinadas a hijos e hijas de servidores p\u00fablicos. Al plantear \u00a0que, el cat\u00e1logo de las actividades que realizan los Estado, con las que se protegen derechos humanos y fundamentales, ampli\u00e9 los servicios destinados a la infancia y de ayuda familiar.<\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\">\u00a0Tanto el hombre como la mujer son responsables de sus hijos e hijas, es por ello que, ambos pueden hacer uso de una licencia parental posterior a la licencia de maternidad. Permisos en caso de enfermedad de sus descendientes y\u00a0 otros miembros de su familia: adultos mayores, personas con enfermedad de alto costo y complejidad, con capacidades diferenciadas o discapacidad\u2026<\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\">Pero en el caso del hombre trabajador dominicano, este derecho adquirido es reciente. Es el Decreto 312-22, que modific\u00f3\u00a0 el Decreto 523-09: Reglamento de Relaciones Laborales en la Administraci\u00f3n P\u00fablica, quien le ampl\u00eda los d\u00edas de licencia por paternidad, y otorga hasta tres permisos al a\u00f1o. Cada uno de hasta tres d\u00edas, \u00a0como forma de garantizar igualdad de los derechos que conlleva la maternidad y la paternidad.<\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\">\u00a0Asimismo, para atender \u00a0situaciones especiales, aunque en este caso se honrar\u00e1n los compromisos laborales mediante teletrabajo u otras modalidades. Sin embargo, estos no se acumulan. Tampoco, pueden tomarse\u00a0 de manera consecutiva, tal como precisa el citado decreto.<\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\">Durante los primeros tres meses del nacimiento de sus hijos, los servidores p\u00fablicos: en esta caso nos referimos al padre, dispondr\u00e1 de 15 d\u00edas h\u00e1biles de permiso, que podr\u00e1n utilizar de manera consecutiva o parcial, con disfrute de sueldo.\u00a0 Preciso se\u00f1alar que, aunque, la normativa no es reciente, para un segmento de personas trabajadoras a\u00fan es desconocida. Tal vez por inobservancia. Pero lo cierto es que eso les impide disfrutar de estos derechos adquiridos.<\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\">Como se ha identificado, los derechos laborales, son derechos humanos: armadura que protegen y al ejercitarlos, se contribuye con el desarrollo de las naciones. Entonces, hombre trabajador dominicano con responsabilidad familiar, \u00bfqu\u00e9 esperas para disfrutar de tu licencia y permisos por paternidad?, en estas acciones tambi\u00e9n se expresa la estrategia denominada buena administraci\u00f3n p\u00fablica.<\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\">Hasta la pr\u00f3xima entrega.<\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\">La autora reside en Santo Domingo<\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\">Es educadora, periodista, abogada y locutora.<\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\"><a href=\"mailto:santosemili@gmail.com\">santosemili@gmail.com<\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Por Emilia Santos Frias M\u00e1s conf\u00edo en el trabajo que en la suerte, reza un proverbio latino. Este derecho fundamental y la familia, son esferas que en apariencia parecen gobernadas por l\u00f3gicas distintas: p\u00fablica, privada. Sin embargo, cada una de ellas afecta fuertemente a la otra. 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